Beneficios fiscales del leasing en la República Dominicana
1 de julio, 2026 • 4 min de lectura

Uno de los grandes atractivos del leasing operativo, más allá de la conveniencia operativa, es su tratamiento fiscal favorable bajo la legislación dominicana. Entender estos beneficios puede representar ahorros significativos para tu empresa.
Bajo el Código Tributario Dominicano, las cuotas de leasing operativo se consideran un gasto operativo deducible del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esto significa que el 100% de lo que pagas mensualmente reduce tu base imponible, a diferencia de la compra, donde solo puedes deducir la depreciación anual del activo.
El ITBIS pagado en las cuotas de leasing también es acreditable para empresas registradas como contribuyentes ordinarios, lo que mejora aún más el flujo de caja neto de la operación.
Adicionalmente, al no figurar como activo en tu balance, los vehículos bajo leasing operativo no incrementan la base del Impuesto sobre Activos (1% anual sobre activos totales), lo que representa un ahorro adicional para empresas con flotas significativas.
Recomendamos siempre coordinar con tu contador o asesor fiscal antes de estructurar un contrato de leasing, pero en la mayoría de los casos, esta modalidad ofrece un tratamiento tributario más eficiente que la compra tradicional de vehículos.
Preguntas clave sobre los beneficios fiscales del leasing
¿Las cuotas de leasing operativo son 100% deducibles del ISR?
Sí. Al tratarse de un gasto operativo, la totalidad de la cuota mensual reduce la base imponible de tu empresa, a diferencia de la compra directa, donde solo se deprecia el activo cada año.
¿Puedo acreditar el ITBIS pagado en las cuotas de leasing?
Sí, siempre que tu empresa esté registrada como contribuyente ordinario ante la DGII. Esto permite acreditar el ITBIS pagado y mejora el flujo de caja del negocio.
¿El leasing operativo afecta el Impuesto sobre Activos de mi empresa?
No lo incrementa. Como los vehículos en leasing operativo no figuran como activos en tu balance, no forman parte de la base del 1% anual sobre activos totales.
¿El leasing operativo y el financiero tienen el mismo tratamiento fiscal?
No necesariamente. El leasing financiero suele tratarse de forma similar a una compra financiada, con depreciación del activo, mientras que el leasing operativo permite deducir el 100% de la cuota como gasto.
¿Necesito asesoría fiscal antes de firmar un contrato de leasing?
Sí, es muy recomendable. Aunque el leasing operativo suele ser más eficiente fiscalmente, cada empresa tiene una situación distinta, por lo que conviene revisar el contrato con tu contador o asesor fiscal antes de firmarlo.
¿Listo para aprovechar estos beneficios fiscales?
En Nelly Fleet te ayudamos a estructurar un plan de leasing operativo adaptado a las necesidades de tu empresa, maximizando el ahorro fiscal y optimizando tu flujo de caja. Para mayor información, contáctenos al 809-687-7997 o escríbenos a leasing@nellyrac.com, y con gusto te asesoramos para encontrar la mejor solución para tu flota.